Saludamos la convocatoria del
Rectorado a dialogar al interior de la comunidad universitaria sobre el
pre-acuerdo con el Arzobispado de Lima, puesto que, si bien su aprobación
compete a la Asamblea Universitaria, es fundamental que sus términos y posibles
consecuencias sean comprendidos a fondo por todos los involucrados.
Asimismo, pensamos que es
imprescindible contar con información clara y exacta sobre la situación actual
de los procesos judiciales para poder evaluar adecuadamente los pros y los
contras del mencionado pre-acuerdo. Conviene recordar, en esta difícil
coyuntura, que por ser una universidad en la que nos sentimos comprometidos en
formar ciudadanos libres que contribuyan al progreso del país, tenemos la
obligación moral que nos impone nuestra historia y tradición, de no ceder ante
escenarios legales adversos.
Así como es necesario fortalecer
el frente judicial, lo es también recordar que no será la primera vez que la
PUCP tenga que hacer valer sus derechos en condiciones adversas. Si tenemos
razón en lo que reclamamos, habremos de luchar por ello. Sólo así podremos ser
coherentes con la excelencia académica a la que aspiramos, y, sobre todo, con
la formación en valores que promovemos.
Frente a la actual situación de
la controversia con el Arzobispo de Lima por la modificación del estatuto
incluida la administración de los bienes de la universidad, consideramos
importante recordar y expresar lo siguiente:
1.
En
septiembre del año pasado la Asamblea Universitaria rechazó las pretensiones
del Cardenal Cipriani de modificar los estatutos de la PUCP por considerar que
vulneraban su autonomía. Entonces, se reafirmó el carácter católico de la PUCP,
y se encargó al Rectorado propiciar espacios de diálogo con las autoridades
eclesiásticas para buscar una solución integral al conflicto que respetara la
autonomía universitaria. El rectorado llegó a un pre-acuerdo con el Arzobispado
y lo expuso ante los diversos estamentos que componen la Asamblea Universitaria
para obtener su eventual aprobación en el momento en que se lo ponga
formalmente a votación.
La
semana siguiente el Cardenal Cipriani desconoció el pre-acuerdo alcanzado con
el Rector y afirmó públicamente que la discusión sobre la herencia de Riva
Agüero debe ser tratada independientemente de las modificaciones al estatuto.
Este impasse generó la postergación indefinida del diálogo. Además, suscitó
razonables dudas sobre la transparencia de la otra parte en la negociación.
2.
Consideramos
que el pre-acuerdo entre el Cardenal Cipriani y el equipo rectoral propone
algunos puntos que colisionan con la autonomía universitaria e implican una
concesión inadmisible ante las pretensiones de un sector de la Iglesia. Estos
puntos son:
a.
Elección
del Rector y Vicerrectores (punto 2.1. del pre-acuerdo): incorporar en el
estatuto el derecho del Gran Canciller a pronunciarse sobre la catolicidad de
los candidatos a Rector y Vicerrector y sobre su fidelidad al Magisterio de la
Iglesia es concederle un derecho al “veto moral”, lo que generaría una
indeseable autocensura. Podría colisionar incluso con el derecho constitucional
de mantener en reserva ideologías y creencias religiosas. Esto es totalmente
distinto al requisito que contempla el estatuto actual de identificarse con los
principios de la PUCP.
Asimismo,
al establecer entre las atribuciones del Gran Canciller la de “recibir la
profesión de fe del Rector y de los Vicerrectores para empezar a ejercer sus
cargos” se está aceptando un derecho de veto estrictamente jurídico.
b.
La Comisión Económica Especial (punto 2.2. del pre-acuerdo): su
conformación (2 miembros de la Iglesia y un representante del Rector) es
absolutamente desproporcionada, y, en los hechos, niega, contra toda evidencia
jurídica, que los bienes sean propiedad de la PUCP. Si bien esta Comisión
autorizará operaciones financieras de mayor envergadura y por tanto poco
frecuentes (p.ej., venta del Centro Cultural, CC San Miguel, Centrum), son
precisamente esas operaciones las que determinan el éxito o fracaso financiero
de la universidad. Esa decisión debe estar en manos de la PUCP. Pero más
importante aun es el sentido de la cesión de derechos implicada en la creación
de una instancia mayoritariamente externa a la propia universidad, que podría
tomar decisiones vinculantes.
c.
La autorización de la Iglesia para modificar el estatuto si se
“modifica en alguna forma la relación Iglesia-Universidad” (punto 2.3. del
pre-acuerdo): Todo, o casi todo en esta universidad, tiene que ver con la
Iglesia, y aunque no fuera así, siempre habrá una forma de alegar lo contrario.
Constituye pues un gravísimo riesgo de pérdida de autonomía:
¿quién decidirá si el cambio afecta o no la relación con la lglesia? Cualquier
controversia al respecto nos sometería a un nuevo conflicto. Esta cláusula
candado es un veto explícito e indeseable.
d.
Concepto de educación (punto 2.6.6. del pre-acuerdo): la propuesta
señala que la educación en la PUCP debe “integrar la dimensión académica y
profesional con la formación en los principios morales y religiosos católicos y
con el estudio de la doctrina social de la Iglesia, respetando la libertad de
las consciencias”. De nuevo, ¿quién decidirá qué entender por principios
morales y religiosos católicos?, ¿qué pasará cuando se debate o tan sólo se
hable de algún tema sensible para la Iglesia en donde haya sentado ya su
postura (aborto, eugenesia, planificación familiar, igualdad de género, etc.),
y por tanto quien tenga una opinión distinta se aleje del Magisterio actual de
la Iglesia?
e.
Obligación de la PUCP de tomar medidas legales y velar por el
debido respeto a las autoridades eclesiásticas (punto 2.6.7. del pre-acuerdo).
Esta cláusula contraviene el derecho de libre crítica que es esencial en una
comunidad académica: una autoridad eclesiástica que no admite críticas ni comentarios
se valdrá de esta cláusula. Las autoridades eclesiásticas tienen abogados que
bien podrían reclamar judicialmente contra cualquier comentario que
considerasen inadecuado.
f.
La ambigüedad de diversos términos empleados y lo abierto de muchas
cláusulas del pre-acuerdo no garantizan una interpretación que resguarde
nuestra autonomía, y, en caso de conflicto, es de esperarse que, aprobadas las
modificatorias al estatuto que propone el pre-acuerdo, las autoridades
eclesiásticas tendrían potestad para imponer su punto de vista.
g.
El pre-acuerdo le otorga derechos a la Iglesia en la Universidad
(punto 2.3.) que desconocemos y que no están expresamente sancionados en el
estatuto de la PUCP.
3.
Finalmente, lo que está en juego es la supervivencia, en el Perú,
de una institución académica de calidad que ha sido por muchos años un centro
de pensamiento crítico y pluralista, que ha contribuido a la formación de la
élite intelectual y política del país y que ha prestado valiosos servicios a su
desarrollo. En su defensa, suscribimos este pronunciamiento y convocamos a la comunidad
universitaria a expresar su adhesión.
Abril de 2012